Heraldo-Diario de Soria

MATAMALA

El Ayuntamiento deberá pagar 25.000 euros por el hormigón de la residencia

La Audiencia tumba el recurso y le obliga a asumir la deuda

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T. C. / Soria
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La Audiencia Provincial ha tumbado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Matamala a la sentencia que le obligaba a asumir el pago de 24.780 euros a la empresa que abasteció de hormigón a la obra de la residencia. De esta forma, reitera que el Consistorio deberá abonar la citada cantidad más los intereses y las costas de ambos procesos judiciales.

Los hechos se remontan a 2011, cuando se adjudicaron los trabajos de la citada residencia a PCYMA, quien a su vez contrató el suministro de hormigón con Hormisoria. El 29 de agosto de 2012 esta segunda empresa ya reclamó al Ayuntamiento el pago de los 24.780 euros dado que el abono de la factura no se producía por parte de PCYMA. Tres meses después, se resolvió el contrato entre el Ayuntamiento y la primera empresa contratada.

Entre tanto, el 16 de diciembre de 2011 se había aprobado un real decreto por el cual las empresas subcontratadas no podrían reclamar compensaciones ante las instituciones, siempre y cuando los contratos se hubiesen firmado a partir de esa fecha. Sin embargo, en el caso de Hormisoria se había suscrito antes según consideró la primera sentencia condenatoria para el Ayuntamiento.

Según señala la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso DIARIO DE SORIA / EL MUNDO, el recurso del Ayuntamiento se basa en la «falta de legitimación» para exigirle el pago a la institución, toda vez que la deuda se contrajo con PCYMA a través de un contrato firmado el 22 de noviembre de 2011, mientras que el Real Decreto entró en vigor 20 días antes de esta fecha.

Sin embargo, para la Audiencia la fecha real de entrada en vigor es el 16 de diciembre de 2011, lo que englobaría este contrato dentro de lo marcado por la disposición adicional primera, esto es, que todo lo firmado con anterioridad no quedaba sujeto a esta regulación. «Lógicamente en este caso, no sólo la convocatoria pública tuvo lugar con fecha anterior a la entrada en vigor de dicho Real Decreto, sino que la adjudicación de la obra, a favor de la entidad PCYMA tuvo lugar con anterioridad a la entrada en vigor de dicha norma», apunta en los Fundamentos de Derecho.

Tras comprobar que no se discute «ni el suministro de material, ni las cantidades reflejadas en las facturas objeto de la reclamación», la Audiencia sentencia que desestima el recurso presentado por el Ayuntamiento de Matamala, confirmando «en su integridad la sentencia recurrida».

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