Heraldo-Diario de Soria

DIPUTACIÓN

Varapalo judicial al PP en la demanda por las comisiones

El Juzgado de lo Contencioso tumba la denuncia del PP y le obliga a pagar las costas

Diputados del PP y grupo de no adscritos que salieron del partido el año pasado-V.G.

Diputados del PP y grupo de no adscritos que salieron del partido el año pasado-V.G.

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria ha tumbado la demanda que presentó el grupo del PP de la Diputación de Soria contra el acuerdo plenario del pasado mes de agosto, en el que la corporación aprobó, con los votos del PSOE y de los no adscritos, la modificación de los miembros que formaban las comisiones informativas, después de la salida de seis diputados del PP del grupo político. De esta manera el Juzgado ratifica la composición actual de las comisiones.

La sentencia del Juzgado rechaza la demanda de los populares, que llevaron a los tribunales el reparto, que les dejó solo con dos diputados en cada comisión, y además condena al grupo a pagar las costas judiciales. En la misma, el juez expone que entiende que desde su punto de vista en la representación del PP «no habría vulneración del principio de proporcionalidad», que fue el argumento central de la demanda.

El PP de Soria protagonizó una crisis interna el año pasado que tuvo sus principales consecuencias en la Diputación. La decisión de la dirección del partido de cambiar el portavoz del grupo de Ascensión Pérez a Jesús Peregrina se saldó con la salida de Pérez y otros cinco diputados del partido, del que causaron baja y mantuvieron sus actas de diputados pasando a ser no adscritos. Este movimiento llevó a modificar el número de miembros de las comisiones informativas y la representación política. De los diez diputados pasaron a ser 12 con la siguiente composición: 6 PSOE, 2 PP y 4 no adscritos (tres de los expopulares y uno de los exciudadanos).

Esta distribución se aprobó el voto en contra del PP que alegó una «infrarrepresentación» del partido en las comisiones y apeló a la normativa constitucional. Argumentos jurídicos que expusieron los letrados de este grupo político en la demanda presentada en lo Contencioso Administrativo y que el juez califica, en su sentencia, de «un pleito peculiar». A su vez que manifiesta que «es indudable que este proceso tiene un evidente alcance político al ser la parte actora uno de los grupos que forman la institución y dado, además que parte de los diputados no adscritos originariamente procedían del Partido Popular. No es función del órgano judicial valorar comportamientos políticos, sino única y exclusivamente valorar si los actos impugnados son o no conforme a Derecho».

Los populares, en su demanda, argumentaron que la actual configuración de las comisiones alteraba la proporción política de la composición del pleno en beneficio del PSOE, dado que este último grupo «disfruta en las comisiones informativas de una mayoría absoluta de la que carece en el pleno de la corporación». Reclamaron que las comisiones tienen que reproducir, al menos el pleno en su equilibrio y mayorías.

En resumen tres fueron los reproches que aparecen en la demanda. En primer lugar, el PP apelaron a la «vulneración del principio de proporcionalidad cuantitativa».

En segundo término, hizo referencia a que esta infracción altera la estructura política del pleno, porque le da al PSOE la mayoría en las comisiones y , en tercer lugar, aduce la incorrecta designación de los diputados no adscritos que pasan a formar parte de cada una de las comisiones informativas.

Incluso la demanda recogió que la Diputación incurrió en «fraude de ley» en el procedimiento de comunicaciones a los diputados no adscritos, porque no lo hizo a los ocho, sino solo a dos de ellos (José Antonio de Miguel y Ascensión Pérez) como si fuesen portavoces del resto.

Para el juez de lo Contencioso Administrativo la Constitución, a la que apela el PP en su demanda, «no impone que cada una de las comisiones informativas sea reproducción a escala de pleno, sino que se procure dotar en cada una de ellas a las fuerzas políticas presentes».

El PP cuenta en la actualidad con cinco diputados de los 25 que conforman el pleno, lo que supone una representación del 20%, mientras que tiene dos diputados en las comisiones, un 16,6%. Esto, según la sentencia, «no es una plasmación perfecta del pleno pero no es una exigencia ni legal, ni constitucional» y si en lugar de tener dos tuviese tres, tendría un porcentaje superior.

El Juzgado también recuerda que las comisiones informativas no tienen potestad de aprobar acuerdos y además, en el caso de la Diputación de Soria, tres de ellas están presididas por diputados que no forman parte del grupo mayoritario y el que gobierna la Diputación, el PSOE.

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