Heraldo-Diario de Soria

POLÍTICA

Ayudas a la natalidad. El Burgo de Osma aprueba otra convocatoria con 500 euros por hijo

El Ayuntamiento concede 500 euros como ayuda directa a los nacidos o adoptados este año que cumplen las bases de la convocatoria

Viandantes en El Burgo de Osma a la altura de la Plaza Mayor.- MARIO TEJEDOR

Viandantes en El Burgo de Osma a la altura de la Plaza Mayor.- MARIO TEJEDOR

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Soria

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  • El Ayuntamiento de El Burgo de Osma ha aprobado una nueva convocatoria de ayudas a la natalidad, la correspondiente al año 2023. Esta línea de ayudas, aprobada en la última Junta de Gobierno Local, establece que cada niño nacido en la localidad durante este año tendrá derecho a 500 euros, cantidad que pretende servir de apoyo a las familias, "aunque desde el Consistorio se es muy consciente de que se trata más de una declaración de intenciones", según el comunicado remitido por el Ayuntamiento.

    Presupuesto

    En total se han reservado 12.000 euros del presupuesto del presente año para la citada convocatoria, cifra que "se incrementará tanto como sea necesario para cubrir a todos los nacidos que cumplan con los requisitos". El año pasado se presentaron 34 solicitudes de las que se atendieron 31, dejando fuera a tres que no se ajustaban a los criterios de la convocatoria. En el ejercicio de 2021, un total de 22 familias se beneficiaron de estas ayudas.

    Los 500 euros se conceden a todas las familias que soliciten la ayuda y cumplan las bases, independientemente de su nivel de renta. El Ayuntamiento quiere dar a sí muestra de su preocupación por la evolución demográfica, no solo del municipio, sino de los países desarrollados y de la necesidad de apostar por la paternidad y la maternidad. Además, en breve se publicarán también las bases para las ayudas al estudio que también pretende ser un respaldo a las familias que apuesta por desarrollar su vida en la localidad. 

    Bases

    Pueden solicitar la subvención las madres y/o los padres que hayan tenido un hijo y los adoptantes de niños de hasta los 6 años durante 2023. En el caso de fallecimiento de los padres, pasará a tener la condición de beneficiario la persona que asuma la patria potestad o tutela del recién nacido o adoptado.

    Entre los requisitos para optar a esta convocatoria está que uno de los progenitores esté empadronado en el municipio durante los dos años anteriores al nacimiento o la adopción. El niño también debe estar empadronado en el municipio desde su nacimiento o desde que se resuelva su adopción.

    Además, tanto un solicitante como el niño deben continuar empadronados en El Burgo de Osma durante los tres años posteriores. Con la salvedad de casos en los que concurran circunstancias laborales o familiares, debidamente justificadas y acreditadas, que impidan esa continuidad del empadronamiento. Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, según estipulan las bases.

    Presentación

    Las solicitudes deberán presentarse durante los tres meses siguientes al nacimiento o adopción. En el supuesto de nacimientos correspondientes al 2023, pero anteriores a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las bases, el plazo de solicitud de la subvención será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación.

    Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica de la página web. O también por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

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