Heraldo-Diario de Soria

Tribunales

El TSJ da la razón al Ayuntamiento de Covaleda sobre el reparto de aprovechamientos madereros

La Sociedad Vecinal había recurrido el procedimiento que aplica el Consistorio

Vista panorámica de Covaleda.

Vista panorámica de Covaleda.Mario Tejedor Hernández

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Soria

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla León ha desestimado el recurso de apelación que interpuso la Sociedad Vecinal de Maderas de Covaleda contra un acuerdo plenario relacionado con un plan cortas de madera para el año 2024 y el pago de las mismas.

El TSJ reafirma una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria que le dio la razón al Ayuntamiento pinariego en el recurso que la Sociedad Vecinal interpuso ante los tribunales.

El litigio se circunscribe a que la Sociedad Vecinal defendía que los aprovechamientos de la madera no métrica le correspondían y los ingresos por sus ventas se debían repartir entre los vecinos que forman parten del correspondiente padrón, es decir los beneficiarios de la suerte de pinos. 

Por su parte, el Consistorio ha sostenido que las percepciones económicas de este aprovechamiento son para las arcas municipales.

El tribunal ha determinado, de acuerdo a la tradición consuetudinaria, que el reparto comunal corresponde exclusivamente a la madera métrica (los pinos maderables), beneficiando directamente a los perceptores del padrón, mientras que la no métrica o de industria tiene carácter patrimonial y pertenece al Ayuntamiento.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso, que reafirma el TSJ, analizó la normativa aplicable y los informes elaborados por el Jefe de la Sección Territorial de Gestión Forestal y la del Servicio Territorial de Medio Ambiente.

La sentencia del TSJ, en sus antecedentes de hecho, puso de relieve la ordenanza municipal de 1949, por la que se regula el reparto y la distribución de los aprovechamientos comunales de pinos en Covaleda, así como la Real Orden de 1901, de la que ha analizado la evolución de la normativa y su aplicación en el tiempo, «de lo que se ha concluido que la madera no métrica no está incluida en el aprovechamiento comunal, ya que éste solo comprende los aprovechamientos de concesión», detalla.

Para el Ayuntamiento de Covaleda, esta sentencia otorga «seguridad jurídica» y que « la actuación municipal ha sido correcta y ajustada a nuestra historia y ordenanzas».

En este sentido, el equipo de Gobierno en un comunicado de prensa, el Ayuntamiento explica que los ingresos generados por la venta de esta madera se ingresan en las arcas municipales, lo que se traduce en una mayor capacidad económica para el municipio. 

«Estos son recursos de los que nos beneficiamos absolutamente todos los vecinos y vecinas de Covaleda a través de mejoras, mantenimiento de infraestructuras, servicios públicos y proyectos vitales para el futuro de nuestro pueblo».

Tras la sentencia, aboga por pasar página de «forma constructiva, preferimos mirar hacia adelante, con la convicción de que todas esas energías deben centrarse siempre en causas mucho más necesarias y en seguir construyendo juntos el bienestar de Covaleda», señalan.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, pero el equipo de Gobierno aboga por «avanzar», por ello ha convocado para hoy una reunión de trabajo en al Casa Consistorial, con el objetivo de este encuentro es tratar con total transparencia las Cuentas de la gestión forestal 2018-2025, el padrón de aprovechamientos correspondiente al año 2026, así como la previsión del reparto económico a los beneficiarios. 

Para detallar estos asuntos, asistirán tres miembros de la corporación municipal y, por parte de la Sociedad Civil de Maderas, se ha convocado oficialmente al presidente, tesorero y secretario.

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