Heraldo-Diario de Soria

Tribunales

Segundo varapalo judicial del TSJ al Ayuntamiento por la subida del IBI

Atiende, al igual que hiciera con la patronal soriana, un recurso presentado por Ciudadanos ya que el anuncio no estuvo en el tablón de avisos durante 30 días

Imagen del Ayuntamiento de Soria, en la plaza Mayor.

Imagen del Ayuntamiento de Soria, en la plaza Mayor.HDS

Publicado por
Soria

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ‘asestado’ al Ayuntamiento de Soria el segundo varapalo judicial a cuenta de la subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para este año 2022, y al igual que hiciera con la Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas (FOES), ha atendido un segundo recurso presentado por Ciudadanos en el mismo sentido: anula el incremento por no estar colgado en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial durante un mes y condena a las costas del procedimiento al Ayuntamiento de Soria.

El coordinador de la agrupación de Ciudadanos, José Luis Alonso, se hacía este lunes eco del fallo después de que el Grupo Municipal de Ciudadanos del Ayuntamiento de Soria –entonces compuesto por los concejales Saturnino de Gregorio y María Ángeles Morales, y disuelto después tras pasar el primero a la condición de no adscrito– interpusiera un recurso el 21 de febrero de 2022 contra el acuerdo de la sesión plenaria del Consistorio de incrementar el tipo del IBI para 2022.

Desde Ciudadanos, además, instan al equipo de gobierno del Ayuntamiento de Soria a c»umplir con la sentencia que beneficia al bolsillo de los sorianos, bastante esquilmado con las continuas subidas del IBI, muy por encima del coste de la vida, que desde hace más de 15 años realiza el PSOE con la complicidad del PP».

En su sentencia, la sala de lo Contencioso Administrativa del TSJ dice que «a la vista de la doctrina jurisprudencial y dado que en el presente caso la incorporación del edicto al tablón de anuncios del Ayuntamiento no se produjo hasta el 18 de noviembre de 2021, cuando se llevó a cabo la aprobación definitiva de la modificación el 23 de diciembre, no había transcurrido», por tanto, «el plazo de 30 días hábiles, dado que dicho plazo vencía el 31 de diciembre, sin que se pueda justificar que como no se presentaron reclamaciones desde el 23 de diciembre hasta dicha fecha, el acuerdo de aprobación podía entenderse provisional elevado a definitivo el 31 de diciembre». También recuerda una sentencia del Tribunal Supremo en la que «incluso en el supuesto de que faltaba un día y pese a haberse alegado la existencia de un error, rechaza dicho error y concluye que, tratándose de una disposición de carácter general, y estando implicado el trámite de audiencia previsto en el art. 105.a) CE , en virtud del art. 62.2 de la Ley 30/1992 , el aludido vicio en el procedimiento no puede más que desembocar en la nulidad de pleno derecho de la Ordenanza fiscal, con independencia de que, como sostiene la Corporación recurrente, no se hubiera causado indefensión a los interesado y la publicación de la aprobación definitiva de la norma se haya producido con un solo día de antelación».

El fallo, en definitiva, estima el recurso contencioso administrativo de Cs de la ordenanza fiscal nº 24 del tipo del Impuesto de Bienes Inmuebles de Soria, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Soria de 23 de diciembre de 2021 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia seis días después» y se declara «la nulidad de la citada ordenanza» y con «expresa imposición de costas procesales a la parte demandada (el Ayuntamiento de la capital).

El fallo es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y/o ante la Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de los treinta días siguientes a la notificación de esta sentencia.

El incremento del recibo del tipo del IBI aplicado para el año 2022 tras su aprobación en el Pleno pasó del 0,56 al 0,574%. La Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas recibió el pasado mes de mayo, al igual que el Ayuntamiento de Soria, la notificación de la sentencia en la que anulaba la subida. En el mismo sentido, el TSJ ha estimado el recurso de Ciudadanos. Hay que recordar que para este año 2023 se congeló el tipo en pleno año electoral, por lo que serían dos años de congelación del incremento según la sentencia del alto tribunal de Castilla y León.

tracking