Heraldo-Diario de Soria

Dos años de cárcel por estafar 800 euros en la falsa venta de un móvil en Soria

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria que impone también 1.440 euros de multa y 800 euros de indemnización

La condena confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria

La condena confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de SoriaMario Tejedor Hernández

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, TSJCyL, condena a dos años de cárcel y una multa de 1.440 euros al acusado de un delito de estafa por anunciar en la página web Mil Anuncios la venta de un teléfono móvil que no entregó al comprador a pesar de haber recibido el ingreso bancario de los 800 euros solicitados.

El TSJCyL confirma así la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria de febrero de 2023 que consideró culpable al acusado por unos hechos cometidos en fecha no determinada pero inmediatamente anterior al 3 de enero de 2020.

El acusado, al que le constan varias condenas por estafa en Madrid, Getafe y Alcalá de Henares, ni entregó el teléfono comprado ni devolvió el dinero enviado por el comprador a través de Bizum.

La defensa del condenado apeló la decisión de la Audiencia Provincial de Soria expresando como fundamento el error en la valoración de la prueba y la infracción de ley. Alega que el acusado se hallaba en prisión desde agosto de 2014 en el centro penitenciario de Navalcarnero porque lo que sostenía que era imposible haber efectuado la operación que se le atribuye dado que los internos no pueden acceder ni manejar terminales móviles de telefonía durante su estancia en prisión.

El TSJCyL sostiene que la autoría del acusado, a cuyo nombre exclusivo estaba la cuenta corriente del banco y el teléfono prepago desde el que se llevó a cabo la estafa, "basándose en la prueba documental en la que aparecen plasmadas las conversaciones mantenidas desde ese teléfono y el del anunciante para corroborar dicha apreciación". Añade que durante los permisos de salida que disfrutó el acusado "pudo muy bien cometerse el hecho".

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