Tribunales
Absuelta del delito de abandono la madre de los dos menores hallados andando solos por la calle en Soria
La sentencia señala que los niños salieron de casa jugando a que se iban de vacaciones

El juicio se celebró en la Audiencia Provincial.
La Audiencia Provincial de Soria ha absuelto del delito de abandono de menores a la madre de los dos niños que fueron hallados caminando solos por la calle en enero de 2024 y que tras ser conducidos por unos viandantes a la Comisaría fueron derivados al Hospital Santa Bárbara dando positivo en cocaína, pero no por consumo sino por exposición.
La sentencia, que ha sido recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por parte de la Fiscalía, hace referencia únicamente a la madre ya que el padre se encuentra en paradero desconocido y de hecho está en busca y captura y no ha podido ser juzgado.
El fallo de la Audiencia asegura que los niños, de cuatro y dos años en el momento de los hechos, salieron de casa –la familia vivía en una habitación de un piso compartido– cuando sus padres estaban en la siesta, y permanecían dormidos ya que ella realizaba una larga jornada laboral desde muy temprano. Las personas que les encontraron, a los que sorprendió que fueran solos, con ropa de casa y la más pequeña descalza, declararon en el juicio que el mayor, que portaba una maleta, les dijo que iban al aeropuerto para irse de viaje, por lo que la Audiencia entiende que «se trataba de un juego de los menores». Además, cuando la madre despertó y vio que los pequeños no estaban acudió de inmediato a la Comisaría, y después al hospital para recogerlos, aunque allí le dijeron que en el análisis de orina habían dado positivo en cocaína y que estaba detenida.
Por lo tanto, los magistrados indican que «no hubo dejación alguna» en la conducta de la madre, «que trabaja muchas horas al día para sostener el hogar familiar», también por el hecho de que los niños fueron encontrados a escasos metros de su casa, próxima a la Comisaría. En cuanto al reproche de que la puerta de la vivienda no estuviera cerrada con llave, tal y como argumentó el abogado defensor en la vista oral, tratándose de un domicilio compartido con otras personas, no es exigible; e incluso si la hubieran cerrado, cualquier otro habitante de la casa pudo dejarla sin cerrar con llave.
Asimismo, añade la sentencia que los menores «estaban bien atendidos» y con un «buen estado de higiene» según los informes médicos.
Al respecto de la presencia de cocaína en la orina y en el cabello de los menores, que indicaba una exposición de al menos cuatro meses, la sentencia apunta que la madre no es consumidora de drogas ni consta acreditado que en el domicilio hubiera cocaína –no se practicó registro a tales fines–. Además, los menores residían de lunes a viernes en casa de su abuela debido a la jornada laboral de la madre.
«Desconocemos cuándo y dónde tuvo lugar la exposición de los menores a la cocaína, y atribuirle a la madre una consciente conducta omisiva al respecto, no pasa de ser una mera suposición, en absoluto probada y muy perjudicial para ella, que se ha visto privada de la custodia de sus hijos (incluso de visitas con ellos) y suspendida su patria potestad», sostiene el fallo ateniéndose exclusivamente a la prueba.