Heraldo-Diario de Soria

Medinaceli

Un alegato del Jubilo dice que «el fuego que ilumina al toro no es violencia, es símbolo»

El presidente de la Peña Taurina, José Luis Chaín, reclama la declaración BIC para el festejo soriano: "Defender el Toro Jubilo no es defender la violencia, sino defender la memoria, la identidad y la libertad cultural de un pueblo que ha sabido mantener encendida su llama durante siglos"

Imagen del Toro Jubilo de Medinaceli.

Imagen del Toro Jubilo de Medinaceli.MARIO TEJEDOR

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Faltan menos de dos semanas para que Medinaceli recupere el polémico festejo del Toro Jubilo después de que un juez lo suspendiera el año pasado, y las reacciones en las últimas semanas no se han hecho esperar en una especie de «calentamiento previo» de lo que se viene. Después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) dejara sin efecto en septiembre la medida cautelar del juez del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Soria, los acontecimientos han sido sucediéndose. 

Primero, con el recurso del PACMA en casación ante el Tribunal Supremo, con la peculiaridad, además, de que ha pedido la recusación del magistrado ponente por lo que considera «simpatía» por la causa taurina. En segundo lugar, por la intención del Ayuntamiento de Medinaceli de colocar una estatua en la localidad dedicada al Toro Jubilo. Y la semana finalizó con la aprobación en la Comisión de Cultura de las Cortes de una Proposición No de Ley del PP para impulsar la declaración de Bien de Interés Cultural del Jubilo, como forma de protección del festejo, respaldada por todos los partidos salvo por el Grupo Mixto.

Ahora, el presidente de la Peña Taurina Soriana, José Luis Chaín, que perteneció a la mesa de redacción de la ordenanza vigente de las fiestas de San Juan –además de ser llamado por el Ayuntamiento para elaborar el informe preceptivo que las fiestas fueran declaradas por la Junta como espectáculo o festejo taurino tradicional– ha remitido un alegato taurino que ha publicado en sus redes sociales en el qee afirma, entre otras cuestiones, que «el fuego que ilumina al toro no es violencia, es símbolo». «Es el mismo fuego que acompaña las hogueras de San Juan, los faroles de la Semana Santa o las luminarias de los pueblos de Castilla. El toro no es víctima, sino protagonista de un diálogo simbólico entre el hombre y la naturaleza. Eliminar el Toro Jubilo equivaldría a mutilar una parte esencial del patrimonio cultural inmaterial de Soria y de España, a romper la continuidad de un legado que ha sobrevivido a guerras, prohibiciones, epidemias y siglos de cambio. En un mundo globalizado que tiende a la homogeneización cultural, proteger la diferencia es proteger la diversidad humana», afirma.

Chaín recuerda que el Toro Jubilo es «una de las manifestaciones culturales más antiguas, singulares y profundamente arraigadas del patrimonio inmaterial español... un rito ancestral que, desde siglos inmemoriales, ilumina la noche soriana con el fuego del símbolo, la comunión del pueblo y el respeto al animal que encarna su liturgia».

Explica también que el alegato se escribe «desde el reconocimiento constitucional, legal y antropológico de un derecho histórico a la pervivencia de las tradiciones populares, amparado por el marco jurídico español y europeo, y legitimado por la historia, la razón y el sentimiento de un pueblo que ha sabido mantener viva su identidad en armonía con su entorno natural y simbólico».

Subraya que el toro se remonta a «los tiempos precristianos» a «los ritos íberos y celtíberos de fuego y animalidad». «En Medinaceli, este fuego ancestral se transformó, a lo largo de los siglos, en un acto de comunión entre la naturaleza, el hombre y el toro, mediado por el fuego purificador, emblema del ciclo de la vida», añade, y resume que «no es, pues, un espectáculo banal ni una forma de diversión violenta. Es un rito de raíz sagrada, con un orden ceremonial que hunde sus raíces en la cosmovisión del pueblo soriano: el toro representa la fuerza telúrica, el fuego simboliza la renovación, y la comunidad se reúne no para destruir, sino para participar del misterio de la naturaleza».

Señala igualmente que el toro no muere en la plaza, «ni se le da muerte en el acto, porque finalmente es indultado», ya que la normativa vigente «prohíbe cualquier maltrato que cause sufrimiento injustificado, y el propio reglamento local y autonómico regula minuciosamente su protección, evidenciando la evolución ética del rito sin renunciar a su esencia». Rechaza que sea un espectáculo «bárbaro» como sostiene PACMA, sino «una institución cultural viva, transformada, adaptada, pero fiel a su raíz simbólica». En este sentido se hace eco de las palabras dell antropólogo Julio Caro Baroja: «No hay cultura sin rito, ni rito sin memoria»; y en Medinaceli, «esa memoria se transmite cada noviembre desde hace más de quinientos años», apostilla el presidente de la Peña Taurina Soriana-.

Afirma Chaín que el marco jurídico español «ampara de manera expresa la pervivencia de este tipo de manifestaciones», en concreto, en «el artículo 46 de la Constitución Española establece la obligación de los poderes públicos de “garantizar la conservación y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran» y la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, «reconoce expresamente como bienes de protección aquellas manifestaciones que expresan ‘usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural’. 

El Toro Jubilo cumple íntegramente con todos los requisitos exigidos por dicha norma», apunta, y enumera la transmisión generacional ininterrumpida, el arraigo territorial y social profund, el valor simbólico y ritual vinculado a la identidad local y la participación colectiva regulada por normas consuetudinarias.

Más todavía, dice Chaín que «Medinaceli no puede comprenderse sin su Toro Jubilo. En él se condensa su memoria histórica, su calendario festivo y su modo de entender la vida comunal. Cada habitante, desde la infancia, asume el rito no como un espectáculo, sino como una liturgia de pertenencia, una afirmación colectiva de identidad frente al olvido y la uniformidad moderna».

En otro apartado recuerda el artículo 27.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que reconoce que ‘toda persona tiene derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad». «La supresión del Toro Jubilo, por tanto, sería también una restricción de ese derecho colectivo a la cultura, entendido no como consumo, sino como herencia viva de un pueblo», dice Chaín.

Como resumen explica que «toda tradición, para ser legítima, debe conjugar respeto a la vida animal con preservación cultural. En este sentido, el Toro Jubilo ha evolucionado hacia un modelo compatible con las exigencias contemporáneas de bienestar animal... El principio de proporcionalidad impone que no puede sacrificarse un bien jurídico superior -el patrimonio cultural inmaterial de un pueblo- por una presunción de daño que la realidad empírica y la regulación actual han neutralizado».

En el alegato, en fin, que señala al Toro Jubilo como «figura central de una ceremonia que encarna la tensión eterna entre naturaleza y civilización, entre instinto y razón, entre fuego y creación», solicita El el reconocimiento formal del Toro Jubilo de Medinaceli como Bien de Interés Cultural Inmaterial (BIC), conforme a lo dispuesto en la Ley 10/2015; la protección activa por parte de las instituciones locales, autonómicas y estatales, garantizando su continuidad bajo criterios de seguridad y bienestar animal y la consideración del Toro Jubilo como «patrimonio vivo, expresión de diversidad cultural y ejemplo de adaptación ética de una tradición ancestral».

«Defender el Toro Jubilo no es defender la violencia, sino defender la memoria, la identidad y la libertad cultural de un pueblo que ha sabido mantener encendida su llama durante siglos. Apagarla sería apagar una parte del alma de Castilla», finaliza.

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